El enfoque de los derechos humanos en las políticas públicas implica que las políticas públicas se inspiran en los derechos humanos. Esto significa que los derechos humanos son, en esencia, el marco de orientación de la acción de las autoridades públicas frente a problemas socialmente relevantes o en sectores relevantes de su competencia. En otras palabras, los derechos humanos son un factor determinante en la construcción, implementación, monitoreo y evaluación de la agenda pública y por ende, desempeñan un rol esencial en la determinación de los problemas públicos.
El diseño de las políticas públicas debe buscar generar impactos estructurales en la prevención y no repetición de violaciones de derechos humanos. Para ello, se debe pensar en los derechos humanos como eje central de todo proceso de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas, que deben además estar dirigidas a reforzar la institucionalidad democrática.
El gobierno de los pueblos
La Comisión Interamericana de Derechos Humano (CIDH), menciona que una política pública con tal enfoque es el conjunto de decisiones y acciones que el Estado diseña, implementa, monitorea y evalúa -a partir de un proceso permanente de inclusión, deliberación y participación social efectiva- con el objeto de proteger, promover, respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas, grupos y colectividades que conforman la sociedad, bajo los principios de igualdad y no discriminación, universalidad, acceso a la justicia, rendición de cuentas, transparencia, transversalidad, e intersectorialidad.
La CIDH en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 106 de la Carta OEA y el artículo 41 de la Convención Americana de brindar asistencia técnica a los Estados, así como en virtud de los intereses expresados por los Estados Miembros y por las organizaciones sociales, pretende ofrecer un instrumento que, fundado en los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, guíe la actuación estatal y el trabajo de esta Comisión a futuro.
El proceso de evaluación de una política busca indagar sobre diversos aspectos que abarca el diseño e implementación, pero la evaluación desde un enfoque de derechos humanos, en particular, tendrá como objetivo revisar la efectividad de la política como herramienta para la realización de derechos. La Comisión ha señalado que la creación de sistemas de monitoreo y evaluación se vinculan al cumplimiento adecuado de las obligaciones internacionales de los Estados, y a los principios relativos al buen gobierno, y en particular el principio de transparencia y de rendición de cuentas.
Una vez identificados y definidos los lineamientos generales para la aplicación de los principios del enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, la Comisión entiende que es importante comprender la manera en que estos elementos pueden ser incorporados, en la práctica, a las acciones de gobierno existentes, o bien, que están en proceso de diseño. La CIDH ha venido observando que desde una visión tradicional el ciclo de políticas públicas inicia con la detección de una problemática social o individual cuando ella adquiere la suficiente relevancia, entra en la agenda pública y obliga a la elaboración de un diagnóstico o estructuración del problema. A partir de ello, se diseñan los instrumentos de política pública a operar y se procede a su implementación, para finalmente, evaluar resultados. Sin embargo, la CIDH considera importante incluir en este esquema el enfoque preventivo que supone que el accionar estatal no sólo actúa frente a hechos que ya han ocurrido y generado una violación de derechos, sino que impulsa a los Estados a adoptar medidas para evitar tales riesgos.
Existen diferentes propuestas para introducir el enfoque de los derechos humanos en las políticas públicas. Así, por ejemplo, la propuesta de la escuela de New Haven parte de la noción de políticas públicas como el resultado de un proceso de toma de decisiones legitimas que permiten orientar el manejo de los problemas sociales. Al adoptar una visión global de las carencias en materia de derechos humanos, dicha propuesta enfatiza en el estudio del proceso de toma de decisiones considerando en detalle la forma en que los actores decisorios establecen metas, estructuras de autoridad, bases de poder y estrategias y funciones decisionales con miras a proponer cambios que redunden en una mejor promoción y garantía de los derechos humanos. Sobre esta base, la escuela de New Haven propone un esquema inicial de tres pasos que incluyen la clarificación del punto de vista observacional, la comprensión del derecho como Políticas públicas con perspectiva de derechos humanos como un proceso de toma de decisiones centrado en proveer soluciones legitimas y que orientan la acción frente a los problemas sociales y la realización de cinco tareas intelectuales. De conformidad con la propuesta de la Escuela de New Haven, todo análisis de los fenómenos sociales que de lugar a la formulación de políticas públicas basadas en la dignidad de la persona humana, debe incluir 5 pasos, considerados como las 5 tareas intelectuales básicas e indispensables, a saber: una adecuada delimitación del problema; la clarificación de los diferentes actores y sus reivindicaciones y demandas; un análisis y evaluación de las tendencias decisionales pasadas y sus factores condicionantes; la proyección de perspectivas futuras y la elaboración de un cuadro de recomendaciones para el curso de acción a seguir.
Entre los elementos esenciales que se recomienda tener en cuenta para el estudio de referencia que debe sentar las bases para la formulación del plan nacional de acción, se mencionan, entre otras, las condiciones existentes de interés para la promoción y protección de los derechos humanos; el análisis de la ejecución de los instrumentos internacionales existentes en materia de derechos humanos ratificados por el país a los que éste se haya adherido, incluida la cuestión de las reservas y las posibles nuevas reservas; el examen de las actividades actuales de promoción y protección de los derechos humanos de los organismos gubernamentales, las organizaciones nacionales no gubernamentales y la sociedad civil; la determinación de la situación y las necesidades de los grupos vulnerables; - La evaluación y la concesión de prioridad a la necesidad de educación en derechos humanos conforme a las circunstancias concretas del país; el examen de los planes nacionales de desarrollo, educación y de otro tipo existentes; la disponibilidad de material sobre derechos humanos; la identificación de los obstáculos al progreso; la identificación de objetivos nacionales y recomendaciones para el plan. Así mismo se recomienda que los componentes del plan incluyan los marcos jurídicos internacional y nacional en materia de derechos humanos; el marco institucional nacional en materia de derechos humanos; la educación en materia de derechos humanos de conformidad con las directrices de la Asamblea General que figuran en el documento A/52/469/Add.1 y la determinación de grupos en situación de vulnerabilidad (por ejemplo, minorías étnicas, religiosas y/o lingüísticas; indígenas, etc) y de factores que acentúan la susceptibilidad de ciertos grupos poblacionales a la discriminación (orientación sexual, ciudadanía, estado de salud mental y/o física, etc.) Los principales valores agregados de la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de los planes nacionales de desarrollo son promover la diversidad de fuentes, enfoques, metodologías e instituciones en la esfera de los derechos humanos; fomentar el análisis y búsqueda de soluciones para los nuevos problemas en materia de derechos humanos; reforzar los medios nacionales para promover y proteger los derechos humanos; garantizar la conformidad de la legislación nacional con las normas internacionales; facilitar la aplicación de las normas internacionales a nivel nacional y promover la promoción de la universalidad, interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos.